Muchas
personas profesionales en este ámbito no tienen un acuerdo unánime en relación
a quien y donde se originó por primera vez el término política criminal. Varios
de estos conocedores dicen que Feuerbach es quien dio el génesis del término,
ya que este en 1801 expreso que la kriminalpolitik, a su entender era la
sabiduría legisladora del estado. Iniciando de esta manera un estudio
científico de políticas estatales para disminuir la criminalidad.
Otra
parte de conocedores definen a Von Liszt quien en su famoso Programa de
Marburgo (1888) dijo lo siguiente “apelemos a una ciencia nueva que puede ser
llamada Política Criminal, la cual investigue de un modo científico las causas
de los delitos (aprovechando los ricos materiales y los excelentes medios de
conocer que proporcionan hoy la Antropología y la Estadística), observe los
efectos de la pena (para comprobar si esta consigue realizar de hecho sus
fines) y emprenda una lucha activa contra el crimen, valiéndose de armas
adecuadas al objeto perseguido; armas que pueden consistir, tanto en las penas
útiles, como en otros medios afines con ellas (las medidas de seguridad)”.
(López y Arrojo, 1985).
Y por último
una menor parte de autores como Langle y Saldaña, opinan que quien utilizó por
primera vez el término de Política Criminal fue Kleinsrod, quien en el Prólogo
de la Adiciones al Tratado de Von Lizt (1793) quien dispuso en ese libro el
termino Política del Derecho Criminal (Polítik des Criminalrechts), como se
definió inicialmente y que posteriormente evoluciono y llego a ser la Kriminalpolitik.
El
autor ya mencionado Langle sugiere que existe una larga serie de antecedentes
que respaldan la existencia de términos que de alguna forma tienen similitudes
con la concepción moderna de la política Criminal, como por ejemplo el autor
Tomas de Aquino en su libro “Summa contra los gentiles”, aboga por principios
sobre el fin y el papel de la represión en el combate a la criminalidad.
También menciona que autores germanos de mitad del siglo XVI y XVII, atestiguan
la existencia de una ciencia que tiene por objeto la crítica al derecho vigente
y cómo éste debe ser reformado, llamándola gesetgebungkunde (ciencia de la
legislación). Además menciona a Cesar Beccaria en su tratado de los delitos y
las penas, otorgo un sentido racional al derecho penal, convirtiéndose con ello
en el crítico más audaz de la legislación penal y en propuestas para su
reforma, elementos que forman parte de la Política Criminal.
Por
último se mencionan a los autores Filangieri que habla de la “sciencia della
legislazione” (ciencia de la legislación) y a Ferri que ya conocía los
anteriores y hablo sobre el arte de formular prácticamente en las leyes las
reglas abstractas de la teoría criminal.
En conclusión
no se puede atribuir el término y el génesis de la doctrina Política Criminal
más que a Von Liszt, ya que este autor comienza el estudio científico del
conjunto sistemático de principios garantizados por la investigación científica
de las causas del delito y de la eficacia de la pena, según los cuales dirige
el Estado la lucha contra el crimen por medio de la pena y de sus formas de
ejecución, que como resultado sería la Política Criminal.
Bibliografía: López,
R y Arrojo, M (1985). Compendio de Criminología y Política Criminal. España:
Editorial Tecnos.